Alfabetización noticiosa e Inteligencia Artificial: los nuevos ejes de la Declaración de Salta, aprobada por la SIP

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) actualizó la Declaración de Salta e incluyó la necesidad de “adoptar políticas de alfabetización noticiosa y digital sobre el impacto de las tecnologías en la privacidad, la autodeterminación informativa y el consumo de información”. Además, incluyó la Inteligencia Artificial (IA), la opacidad de los algoritmos y el derecho de propiedad intelectual,

La 80ª Asamblea General de la SIP, en Córdoba, finalizó el domingo con la aprobación de la nueva versión del documento aprobado en 2018, ahora titulado Declaración de Salta II. El texto plantea los principios de libertad de expresión “ante los acelerados cambios tecnológicos” y “el surgimiento de nuevos desafíos en el ámbito digital que impactan en la comunicación, el periodismo y las libertades de expresión y de prensa”.

Para la actualización, los copresidentes de la subcomisión de Salta II, Martín Etchevers y Gustavo Mohme, convocaron a más de 150 personas y organizaciones representantes de medios, empresas tecnológicas y de comunicación internacionales, centros de pensamiento, organizaciones intergubernamentales de derechos humanos, la sociedad civil, académicos, periodistas y abogados para que aporten su perspectiva y garantizar una consulta diversa y plural.

Entre sus principios, advirtió que “la diseminación maliciosa o deliberada de desinformación por parte de actores estatales o privados afecta la confianza pública y menoscaba procesos democráticos”. Respecto a la IA, Salta II sostiene que la legislación y las políticas públicas sobre esta tecnología y otras digitales “deben garantizar que el espacio digital sea abierto, neutral, accesible para todos, apegado a los derechos humanos y a los derechos de propiedad intelectual”. A su vez, los Estados deben garantizar un espacio digital “libre de violencia, ciberataques y amenazas a quienes cumplen la función de informar”.

Salta II aseveró que los actores públicos o privados “no deben impulsar ni financiar operaciones de influencia en línea destinadas a manipular las opiniones o actitudes del público con fines político-partidistas, estigmatizar a medios de comunicación, agredir a periodistas u hostigar a personas a través de revelación de datos personales, ciberacoso o amenazas”.

Por otra parte, el texto sostiene que los desarrolladores de sistemas de IA y otras plataformas de generación automática de contenidos deben responsabilizarse por la divulgación de contenidos de propaganda bélica o que inciten al odio, la violencia, los genocidios y la pornografía infantil,  “aun cuando se alimenten de fuentes de terceros”.

En este sentido, los desarrolladores de sistemas de IA e intermediador tecnológicos “deben respetar los derechos humanos en el desarrollo de sus actividades, fomentar la libertad de expresión y resistir presiones de gobiernos y grupos de poder”.” Deben implementar políticas de autorregulación para prevenir en sus plataformas maniobras de desinformación y la vulneración de derechos de terceros”, señala.

Asimismo, los intermediarios tecnológicos, en tanto árbitros en la distribución de noticias, “deben operar con transparencia, dar prioridad al contenido original, citar adecuadamente las fuentes, incluir enlaces a los sitios de origen y evitar el cobro por posicionamiento de noticias”, ya que “la opacidad de los algoritmos condiciona el acceso de la sociedad a una información diversa y de calidad”.

Intermediarios tecnológicos y desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales también “deben respetar los derechos de autor y propiedad intelectual”, y “compensar de manera justa los beneficios generados por los contenidos periodísticos que distribuyen o utilizan para generar contenidos automáticos”. Además, “evitar prácticas que afecten la libre competencia y el acceso a una internet abierta”.

“Editores y creadores de contenido tienen derecho a negociar y recibir una remuneración justa por el uso de su propiedad intelectual por parte de intermediarios tecnológicos y desarrolladores de sistemas de IA y de otras tecnologías digitales”, sostiene Salta II entre sus principios.

El proceso que concluyó con la aprobación de la Declaración de Salta II se inició en 2023, con el objetivo de responder a los cambios tecnológicos acelerados y a los desafíos emergentes que afectan tanto a la libertad de expresión como a la sostenibilidad de los medios de comunicación.

Finalmente, tras un largo proceso de reflexión, debate y consulta interna, el texto fue sometido a la revisión de expertos internacionales de renombre. Con esta actualización, la SIP reafirma su papel como defensora de la libertad de prensa y se posiciona como un actor clave en el diálogo sobre cómo deben abordarse las tecnologías digitales para garantizar un acceso a la información libre, diverso y de calidad, al mismo tiempo que se protege la viabilidad económica del periodismo independiente.

Foto de encabezado: Prensa SIP